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ERSEC: QUÉ CAMBIA EN EL CONTROL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE RÍO NEGRO
La Legislatura sancionó la Ley 5883, que crea el Ente Regulador de Servicios y Concesiones y concentra la regulación de electricidad, agua potable y desagües cloacales. El EPRE será disuelto cuando el nuevo organismo entre en funcionamiento.
La Legislatura de Río Negro aprobó el 3 de septiembre la creación del Ente Regulador de Servicios y Concesiones (ERSeC), mediante la Ley 5883. La norma fue sancionada por 29 votos a favor y 12 en contra y posteriormente promulgada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 833/2026. La ley fue publicada en el Boletín Oficial el 7 de septiembre y establece su entrada en vigencia para el 15 de septiembre.
El ERSeC tendrá a su cargo la regulación, fiscalización y control de los servicios de energía eléctrica, agua potable y desagües cloacales. Entre sus atribuciones estarán el control de la calidad de las prestaciones, la aprobación y fiscalización de cuadros tarifarios, el seguimiento de inversiones y planes de mantenimiento, la atención y resolución de reclamos de usuarios y la aplicación de sanciones cuando corresponda. El organismo funcionará bajo la órbita del Poder Ejecutivo, con autarquía técnica, funcional y presupuestaria.
La creación del nuevo ente implica la disolución del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE). Hasta que el ERSeC quede formalmente operativo, el EPRE continuará ejerciendo sus funciones. La ley establece que el Poder Ejecutivo dispone de hasta 90 días desde la promulgación para reglamentar la norma y, a partir de esa reglamentación, de un plazo de hasta otros 90 días para poner en funcionamiento el nuevo organismo con su directorio conformado.
En el esquema actual, el EPRE regula el servicio eléctrico, mientras que el Departamento Provincial de Aguas (DPA) interviene en la regulación vinculada con agua potable y desagües cloacales. Con la puesta en marcha del ERSeC, las competencias regulatorias del EPRE serán asumidas por el nuevo ente y las funciones que el DPA ejerce sobre esos servicios serán transferidas conforme a los plazos que determine la reglamentación. La ley modifica, además, los marcos regulatorios establecidos por las leyes J 2902, J 3183 y J 2986.
Fuente: Gobierno de Río Negro
