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SUSPENSIÓN DEL CORTE DE LUZ, GAS Y AGUA: CÓMO TRAMITAR EL BENEFICIO EN RÍO NEGRO
La protección alcanza a usuarios en situación de vulnerabilidad que cumplan con los requisitos previstos por la Ley Provincial 5860. El trámite debe realizarse ante cada empresa prestadora y la vigencia de la medida se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.

La suspensión del corte de los servicios de electricidad, gas natural y agua potable por falta de pago continúa vigente en Río Negro para los usuarios que reúnan las condiciones establecidas por la Ley Provincial 5860. Desde el área de Defensa del Consumidor recordaron que el acceso al beneficio no es automático y que la gestión debe realizarse directamente ante la empresa prestataria correspondiente.
El trámite consiste en presentar una Declaración Jurada junto con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos por la normativa. Cada prestadora debe informar a los usuarios el lugar donde se recibe la documentación y brindar la atención necesaria para completar el procedimiento.
La ley contempla el beneficio para personas que habitan el inmueble como vivienda única familiar y que atraviesen una situación de vulnerabilidad económica que les impida afrontar el pago de los servicios. También incluye a jubilados, pensionados y grupos familiares con ingresos inferiores al valor de la canasta básica, así como a quienes tengan personas con discapacidad a cargo.
La condición de vulnerabilidad puede acreditarse mediante certificaciones emitidas por organismos públicos comunales, municipales, provinciales o nacionales.
Además de solicitar la suspensión del corte, los usuarios deben adherir a un plan de pagos. La normativa establece que la cuota mensual no podrá superar el 20% del importe de la factura de mayor consumo registrada por el titular del servicio.
Desde Defensa del Consumidor informaron que las empresas prestadoras fueron notificadas sobre la vigencia de la ley y de las obligaciones que les corresponden en relación con la recepción de las solicitudes.
En caso de que una empresa rechace el trámite, no reciba la documentación o niegue el beneficio pese al cumplimiento de los requisitos legales, los usuarios pueden presentar un reclamo ante las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) o ante Defensa del Consumidor de Río Negro, tanto de manera presencial como a través de su sitio web.
La Ley Provincial 5860 unifica el régimen de protección vigente desde 2009 y amplía su alcance para incluir, en un mismo marco legal, los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable. La suspensión de los cortes permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.
Fuente: Gobierno de Rio Negro

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