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MINERA SIERRA GRANDE RECURRIÓ A MAYORAL ANTES DEL ESCANDALO

Sierra Grande (PLP).- En relación a las resoluciones 12 y 54 del 2012 referidas a la sustitución de importación de fletes, las que imponen restricciones y condicionamientos a la Minera Sierra Grande, la empresa a través de su apoderado Jacques Wilson Rae presentó sobre el fin de marzo de 2013 un pedido de excepción, ante el Secretario de Minería, Jorge Mayoral, para contratar libremente con cualquier armador argentino y continuar vendiendo a su principal cliente, aun cuando este contrate el flete fuera del país.

En virtud de la situación del dictado de las resoluciones de referencia, en particular, a la obligatoriedad que surge para las empresas amparadas bajo el régimen de la Ley de Inversiones Mineras, de contratar fletes marítimos a empresas nacionales que se encuentren “inscriptas en el registro de armadores de la Secretaria de Minería del Ministerio de Planificación Federal, Inversiones Publicas y Servicios”.

Manifestó la representación empresarial que las resoluciones afectan a la MCC-Minera Sierra Grande en dos aspectos principales.

En principio, la falta de distinción entre ventas FOB (Franco a bordo – Free on board, la mercancía es responsabilidad del vendedor hasta sobrepasar la borda del barco para la exportación; se usa principalmente para el transporte marítimo, y después del término se debe especificar el puerto de embarque) y CIF (Coste, seguro y Flete – Cost, Insurance and Freight, en la que el exportador es responsable del transporte de la mercancía hasta que esta se encuentre en el puerto de destino, junto con los seguros involucrados. El importador solo debe adquirir un seguro con cobertura mínima).

La Resolución 54/2012 establece que «la contratación de empresas armadoras argentinas inscriptas en el registro de armadores de la Secretaria de Minería del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios deberá ser efectuada con independencia de la condición de venta (FOB, CIF -INCOTERMS vigente) siendo que el transporte es dentro del marco de sustitución de importaciones, parte del proceso productivo de la industria minera argentina».

La empresa manifestó que apoya el proyecto y esta comprometida a sustituir importaciones en la medida de lo posible y señaló que desde el año 2011 vende concentrado de hierro a la empresa Universal Minerals Inc. bajo la condición de venta FOB.

La empresa Universal Minerals Inc. esta radicada en Estados Unidos, utiliza el concentrado comprado a MCC – Minera Sierra Grande para su proceso industrial que no es de fundición.

El valor que se añade a la comercialización con Universal, es que ésta adquiere el mineral concentrado mas allá de la ley de mineral existente en el hierro serrano con su alto contenido de fósforo, que dificulta la comercialización.

Durante el 2012, un importante porcentaje de la producción de MCC – Minera Sierra Grande fue vendido a Universal Minerals Inc.

Universal Minerals Inc. tiene acuerdos con empresas fluviales para todas sus compras internacionales, pero al conocer que debía contratar el flete en la Argentina, la respuesta seria que esa condición le genera un costo adicional imposible de asumir. Esta situación podría provocar que la empresa norteamericana deje de comprar a MCC – Minera Sierra Grande.

Todo este cuadro de situación, hace que exista un pedido de excepción ante el gobierno nacional para que la minera continúe vendiendo FOB a su principal cliente, aún cuando éste contrate el flete fuera de la República Argentina.

El segundo inconveniente es la falta de inscriptos en el registro de armadores de la Secretaria de Minería y un pedido de información respecto de cuáles son las empresas navieras que se encuentran inscriptas en el registro señalado. Hasta hoy no existiría una respuesta. Por este motivo es que piden que hasta tanto la Resolución 54/12 se torne operativa, contar libremente con cualquier armador Argentino.

El pedido de excepción se fundamenta en la acumulación de concentrado en el puerto y las limitaciones en la capacidad de almacenaje en medio de un proceso continuo. El exceso podría provocar la paralización de la producción hasta que se vacíen los depósitos.

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