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SESIÓN ESPECIAL EN EL CONCEJO: INTERPELARÁN AL SECRETARIO DE HACIENDA ESTE MARTES
El Concejo Municipal llevará a cabo una sesión especial este martes 2 de diciembre a las 11, donde el Secretario General de Hacienda, Nazareno Sepúlveda, deberá responder sobre las publicaciones oficiales y el cumplimiento de la Carta Orgánica Municipal.

Sierra Grande | El Concejo Municipal convocó a una sesión especial para este martes con un único tema central: la interpelación al secretario de Hacienda, Nazareno Sepúlveda, en el marco del Expediente N.º 200/2025, aprobado por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General.
La iniciativa surge a raíz de cuestiones detectadas en la publicación de información oficial por parte del Ejecutivo Municipal. Durante la sesión, Sepúlveda deberá explicar los motivos jurídicos y administrativos que justifican la omisión de publicar íntegramente las Resoluciones del Ejecutivo en el Boletín Oficial Municipal, así como los criterios utilizados para decidir qué actos se difunden de manera completa y cuáles no.
Otro punto relevante será la falta de publicación periódica y detallada del estado de ingresos y egresos municipales, una obligación establecida en la Carta Orgánica.
Además, el funcionario deberá presentar un plan de acción, con medidas concretas y un cronograma específico, para subsanar el incumplimiento del Artículo 61 y garantizar la transparencia en la gestión municipal.
Ver: https://municipalidaddesierragrande.gob.ar/category/boletin-oficial/
ARTÍCULO 61 – DEL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
El texto dice:
“El Concejo Municipal creará el Boletín Oficial Municipal por ordenanza dictada al efecto, para difundir íntegramente los actos de gobierno.
Se publicarán las Ordenanzas, Resoluciones y Declaraciones del Concejo, las Resoluciones del Ejecutivo, el estado de egresos e ingresos municipales y los Dictámenes del Tribunal de Contralor, como así también toda aquella información que cualquiera de los Poderes considere necesaria dar a conocer.
La publicación se hará con una periodicidad de treinta (30) días, a excepción que razones de utilidad pública hagan necesaria una urgente publicación del acto de gobierno.”
