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Sólo sus titulares podrán manipular las tarjetas de crédito y débito

Viedma.- En Río Negro solamente los titulares de las tarjetas de crédito, débito y compras podrán manipular los plásticos, mientras que los prestadores y comerciantes deberán limitarse a acercar a los clientes los dispositivos electrónicos para su operatoria.

La Legislatura aprobó este jueves por unanimidad la norma impulsada por los representantes rionegrinos de las diferentes bancadas en el Parlamento rionegrino.

Por el Frente de Todos, Alejandro Marinao valoró que esta iniciativa surgiera del consenso, teniendo como antecedente una norma similar vigente en Neuquén, que se recomendó que sea replicada en el resto de las provincias patagónicas.

“Es un aporte más, un renglón más a las políticas públicas que buscan luchar contra las estafas que se están dando en relación a la sustracción de datos por vía digital o vía electrónica como es el uso de las tarjetas”, explicó Marinao.

La norma regula la manipulación en el uso de tarjetas de crédito, débito y compras a los fines de evitar el uso indebido de las mismas y proteger a los consumidores de bienes y servicios. Para ello, prohíbe a los proveedores de servicios o comercios requerir su entrega a los titulares o adicionales para realizar operaciones. Las tarjetas deben ser manipuladas únicamente por los usuarios a cuyo nombre se han emitido.

Para realizar una operación comercial, los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de tarjetas de débito o crédito, deben requerirle al titular que las exhiba de modo que puedan verlas adecuadamente para constatar que los datos y la firma contenidos en ellas coincidan con los del documento nacional de identidad de quien las porta.

Con tal fin sera necesario acondicionar, en el plazo de noventa días (90) a partir de la entrada en vigencia de la ley, sus dispositivos de cobro electrónico.

La Agencia de Recaudación Tributaria deberá instrumentar una campaña de concientización, información y capacitación respecto al uso de las tarjetas, mientas que el infractor será pasible de las sanciones previstas en la Ley Nacional Nº 24240, de Defensa del Consumidor, y sus modificatorias y en la ley 5414 “Derechos de los Consumidores y usuarios”. Fuente: Bloque Frente de Todos

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