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EL CONTADOR MARCOS ARGÜELLO EXPLICA CÓMO INICIAR UN NEGOCIO Y NO MORIR EN EL INTENTO

En una entrevista clara y didáctica, el contador Marcos Argüello destacó la importancia de recibir asesoramiento antes de emprender. Explicó las diferencias entre monotributo y régimen general, y detalló los requisitos, categorías, topes de facturación y factores que pueden excluir a un contribuyente del sistema simplificado. Por Julietta Donoso.

Por Julietta Donoso

Ordenar, asesorarse y ponerse en regla: las claves de inicio para un emprendedor.

Hace días que venimos hablando de la importancia de emprender. Emprender, idear un producto, diseñarlo, ponerlo en el mercado… tiene responsabilidades, y muchas de ellas son tributarias. En un contexto como el de Sierra Grande, donde cada vez más vecinos piensan en cómo poner en marcha un negocio propio, es clave entender qué obligaciones conlleva este proceso.

Por eso, conversamos con el contador Marcos Argüello, profesional de nuestra localidad que, con claridad y sencillez, explicó cuáles son los pasos y precauciones para emprender sin quedar fuera del sistema, pero también sin abrumarse.

Asesoramiento: el primer paso

“La clave es empezar por el asesoramiento”, afirmó Argüello. “No hay que tenerle miedo, a veces basta con una consulta para entender cómo arrancar. Todo depende de lo que queremos hacer y del tamaño del proyecto”.

Destacó que incluso emprendimientos nacidos en el garaje de una casa pueden escalar, y si no se formalizan a tiempo, pueden terminar en problemas serios: “Después te encontrás con notificaciones, papeles acumulados, deudas… todo por no haberle dado importancia a lo formal”.

Régimen General vs. Monotributo: ¿cuál elegir?

Una de las distinciones más importantes es la que existe entre el régimen general (responsable inscripto) y el monotributo.

“El régimen general implica inscribirse en impuestos nacionales (como IVA y Ganancias), provinciales (Ingresos Brutos) y la habilitación municipal. Es el camino obligatorio para quienes no encuadran en los parámetros del monotributo”, explicó.

En cambio, el monotributo —oficialmente Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes— “es integral, simplificado y optativo. Se paga una única cuota mensual, que incluye impuestos nacionales, previsionales y en muchas provincias también ingresos brutos”.

¿Quiénes pueden ser monotributistas?

Argüello dejó en claro que el monotributo es exclusivo para personas humanas, no sociedades, y que hay actividades excluidas, como la financiera (préstamos, por ejemplo). Además, resaltó que ser monotributista permite formalizarse y facturar, incluso contratando empleados, siempre y cuando los ingresos y gastos estén dentro de parámetros razonables.

Requisitos y categorías

El contador ofreció detalles concretos sobre los límites actuales del monotributo (vigentes a 2025):

  • Facturación anual máxima: $82.370.281 (categoría K). Si se supera, se pasa automáticamente al régimen general.
  • Facturación mínima para la categoría A: hasta $2.108.288.
  • Límite de alquileres deducibles: $5.450.974 anuales. “En Sierra Grande, con lo que han subido los alquileres, es un parámetro clave a controlar”, advirtió.
  • Precio máximo de venta unitario: $460.361. No se puede vender productos que superen ese valor si se es monotributista.
  • Superficie del local y consumo eléctrico: dos factores que pueden excluir del monotributo, aunque en poblaciones menores a 40.000 habitantes como Sierra Grande no se aplica el criterio de superficie.

El riesgo de la desinformación

El problema es cuando hay incoherencia en los datos, cuando se facturan montos bajos pero se pagan alquileres altos, o cuando se tienen costos desproporcionados para la categoría. En ese caso, el fisco puede recategorizar de oficio o incluso excluir del régimen, explicó.

También subrayó que muchos emprendedores no tienen en cuenta estos aspectos, lo que puede derivar en penalidades: Es importante que quien elige ser monotributista se mantenga dentro de los límites, para no pasar inadvertidamente al régimen general.

¿Por dónde empezar?

Para cerrar, Argüello resumió:

“Primero, asesorarse. Segundo, evaluar si se puede ser monotributista, teniendo en cuenta si somos una sola persona, si vamos a alquilar, si la actividad es válida. Después, elegir la categoría adecuada. Yo recomiendo empezar por la más baja, ver cómo funciona y, si hace falta, ir subiendo”.


La entrevista dejó claro que más allá del entusiasmo y la energía de un nuevo emprendimiento, la organización tributaria no puede quedar para después.

En una localidad donde cada vez más personas piensan en emprender, tener claridad sobre los aspectos legales y fiscales no solo evita dolores de cabeza, sino que también abre puertas a nuevas oportunidades.

 

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