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CONDENA A EMPRESA DE TRANSPORTE POR TRATO INDIGNO A PASAJERO VARADO MÁS DE 12 HORAS
Un pasajero fue obligado a descender de un colectivo en plena ruta y sin su equipaje, tras permanecer varado más de 12 horas sin asistencia ni agua. La Justicia consideró que la empresa incumplió sus obligaciones de servicio y vulneró derechos del consumidor.

Sierra Grande | Un hombre que viajaba desde Cipolletti hacia Sierra Grande sufrió una serie de irregularidades durante su viaje en un colectivo de larga distancia de la empresa Autotransportes Andesmar S.A., que culminaron en un fallo judicial en su favor.
Según el expediente, el pasajero abordó la unidad interna 5295 a las 10 de la mañana, una hora después del horario previsto. Hacia el mediodía, el colectivo se detuvo a unos 15 kilómetros de Chimpay por falta de combustible, dejando a los viajeros varados sin agua ni comunicación. La situación se mantuvo hasta que personal policial y de bomberos organizó traslados parciales hacia la terminal de Chimpay, donde finalmente llegó otra unidad recién a las 22 horas para continuar el viaje.
Durante la madrugada siguiente, ya cerca de Sierra Grande, el colectivo no se detuvo en el parador habitual del pasajero. Tras una discusión con los choferes, un conductor no de servicio intervino y obligó al pasajero a descender a la intemperie, sin su equipaje y en condiciones vulnerables.
El afectado presentó reclamos ante Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. La empresa negó los hechos y ofreció una compensación económica que fue rechazada. Posteriormente, ante la falta de acuerdo en mediación, el cliente inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Sierra Grande.
En el fallo, la jueza de Paz concluyó que la empresa vulneró los derechos del consumidor, previstos en la Ley 24.240 y el Código Civil y Comercial, al no garantizar información clara, trato digno ni cumplimiento del servicio contratado. La sentencia consideró acreditada la vulnerabilidad del pasajero y reconoció tanto daños materiales como afectación moral por la angustia y el maltrato sufrido, así como la pérdida del equipaje.
La magistrada ordenó a Andesmar el pago de 1.400.000 pesos por daño directo, 200.000 pesos por daño extrapatrimonial y 200.000 pesos por daño punitivo, más intereses, subrayando que la empresa ignoró los reclamos administrativos obligando al pasajero a recurrir a la Justicia.
El caso marca un precedente en la región sobre la responsabilidad de las empresas de transporte en garantizar condiciones dignas y seguras a las personas usuarias de sus servicios.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial de Río Negro