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DICTAN MEDIDAS DE PROTECCIÓN TRAS UNA DENUNCIA POR EXPRESIONES DISCRIMINATORIAS EN UN GRUPO DE WHATSAPP

La jueza de Paz Carola Suárez intervino en la causa que derivó en medidas de protección y restricciones de contacto por un plazo de seis meses.

La jueza de Paz Carola Suárez intervino en la causa que derivó en medidas de protección y restricciones de contacto por un plazo de seis meses.

Sierra Grande | La Jueza de Paz, Carola Suarez dispuso medidas preventivas de protección y no hostigamiento en el marco de una denuncia presentada por la abogada Fátima Maldonado, quien señaló haber sido objeto de expresiones vinculadas a su nacionalidad en grupos de WhatsApp relacionados con la actividad política local.

La presentación judicial se realizó días atrás en los términos de la Ley Contravencional y estuvo vinculada a comentarios atribuidos a la concejal Nadia Arbaizar, integrante del bloque Cambia Sierra Grande, que habrían sido difundidos en espacios de mensajería instantánea utilizados para intercambios políticos.

Según surge de la resolución, la denunciante manifestó haber tomado conocimiento de conversaciones en las que se realizaban referencias hacia su persona y su nacionalidad, luego de haberse apartado de un espacio de participación política. Como parte de la presentación, se incorporaron capturas de pantalla que fueron evaluadas preliminarmente por la Justicia.

Durante la audiencia correspondiente, la persona denunciada ejerció su derecho de defensa y reconoció la existencia de intercambios comunicacionales vinculados con mensajes enviados mediante telefonía celular, informó mediante su comunicación institucional, el Poder Judicial.

Tras analizar los elementos reunidos en el expediente, la jueza resolvió dictar medidas preventivas de resguardo y no hostigamiento por el término de seis meses. La disposición prohíbe la realización de actos discriminatorios relacionados con la nacionalidad de la denunciante, así como expresiones agraviantes, hostigamiento, intimidación o cualquier manifestación de violencia psicológica, simbólica o verbal.

La medida alcanza tanto los contactos presenciales como las comunicaciones telefónicas, publicaciones en redes sociales, plataformas digitales, grupos de mensajería instantánea y cualquier otro medio de comunicación directa o indirecta.

Además, la resolución establece la obligación de realizar una capacitación en derechos humanos y no discriminación, como parte de las medidas dispuestas por el Poder Judicial en el marco del caso.

Fuente: En este día | Radio Libre

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