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IMPONEN RESTRICCIONES Y PAUTAS DE CONDUCTA A ADULTOS TRAS UN CONFLICTO ENTRE MENORES EN UNA ESCUELA

Juzgado de Paz de Sierra Grande.

Juzgado de Paz de Sierra Grande.

El Juzgado de Paz de Sierra Grande ordenó una serie de restricciones y pautas de conducta para adultos involucrados en un conflicto originado entre menores que asisten a una escuela primaria. La decisión judicial se adoptó a partir de una denuncia presentada por una mujer, quien aseguró haber sido increpada y amenazada en su domicilio por otra adulta, en el marco de una disputa vinculada a la relación entre los niños.

Según consta en la causa, la mujer denunciada también habría expuesto situaciones de la intimidad familiar durante una asamblea escolar y difundido el conflicto a través de redes sociales, involucrando a menores de edad. La denunciante afirmó, además, que desde la institución educativa no se brindaron respuestas adecuadas para resolver la situación.

Durante una audiencia privada, la mujer denunciada manifestó su preocupación por la reiteración de conflictos entre su hija y el sobrino de la denunciante. Señaló que había realizado reclamos previos ante la escuela sin obtener soluciones y reconoció haber amenazado a la otra mujer en un contexto de enojo.

En su resolución, el tribunal consideró que los hechos denunciados configuran, en principio, una conducta encuadrada en el artículo 40 de la Ley D 5592/22, que sanciona actos de intimidación, acoso o amenazas que alteren la tranquilidad o seguridad de las personas. La jueza subrayó que los niños constituyen la parte más vulnerable del conflicto y que la responsabilidad principal recae en los adultos.

En consecuencia, ordenó que la mujer denunciada se abstenga de ejercer cualquier acto de violencia o intimidación, ya sea verbal, telefónica, digital o a través de redes sociales, de manera directa o por intermedio de terceros. La medida incluye la prohibición de difundir comentarios o publicaciones vinculadas a los hechos o a las personas involucradas, así como una restricción de acercamiento.

Asimismo, el fallo exhortó a ambas partes a mantener una conducta respetuosa, evitar provocaciones o exposiciones públicas que agraven el conflicto y recurrir a canales institucionales como la mediación comunitaria, el acompañamiento psicológico y programas de prevención de la violencia.

La jueza también dispuso dar intervención a la Supervisora de Nivel Primario y a los directivos del establecimiento educativo, a fin de que adopten medidas que garanticen una convivencia escolar pacífica y libre de violencia física, psicológica y simbólica. Entre las acciones ordenadas se incluyen instancias de capacitación obligatoria en perspectiva de género y derechos de la niñez para el personal docente, así como la implementación de protocolos de intervención ante situaciones de acoso escolar o bullying.

Finalmente, se ordenó la asistencia psicológica y social de los niños involucrados, junto con la de sus progenitores y cuidadores, con el objetivo de abordar integralmente el conflicto y prevenir nuevas situaciones de violencia.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro.

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