Sierra Grande | Una resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro dejó vigente una medida cautelar que limita los descuentos sobre el salario de una trabajadora del Ministerio de Educación provincial. La decisión se produjo luego de que la Provincia intentara revertir la disposición de la Cámara del Trabajo de Viedma, que había intervenido para evitar que las retenciones afectaran los ingresos necesarios para cubrir las necesidades básicas de la empleada y su hijo menor de edad.
El caso fue abordado por la abogada Fátima Maldonado durante una entrevista con Radio Libre, donde explicó los alcances de la sentencia y las herramientas judiciales disponibles para quienes atraviesan situaciones similares.
Según los antecedentes del expediente, las deducciones correspondientes a préstamos y otras obligaciones alcanzaban el 83% del salario bruto de la trabajadora. En julio de 2025, luego de aplicarse las retenciones, recibió $66.089,20. Frente a esa situación, solicitó una medida cautelar para resguardar parte de sus haberes mientras continuaba el reclamo de fondo por la vía administrativa.
La Cámara del Trabajo de Viedma hizo lugar al planteo y ordenó al Ministerio de Educación controlar mensualmente los descuentos realizados por siete entidades. La resolución estableció que las retenciones, consideradas en conjunto y por todo concepto, debían respetar un límite determinado en función del valor mensual de la canasta básica alimentaria.
La Provincia presentó un recurso extraordinario ante el STJ. Entre sus argumentos sostuvo que este tipo de controversias debía resolverse mediante un proceso ordinario, con mayor amplitud para debatir y producir pruebas. También señaló que las obligaciones económicas habían sido asumidas voluntariamente por la trabajadora y cuestionó que una medida cautelar pudiera anticipar la resolución del conflicto principal.
Durante la entrevista, Maldonado destacó la importancia de que los trabajadores estatales conozcan esta posibilidad de reclamo. «Que se animen a hacer sus reclamos en el caso de que estén en esta situación de estar cobrando, de estar siendo descontados más del 20% de sus salarios», expresó.
La abogada explicó que la medida cautelar constituye una herramienta judicial de protección que permite solicitar una intervención mientras se resuelve la cuestión de fondo. En este caso, el objetivo fue impedir que el Ministerio de Educación continuara aplicando los descuentos cuestionados sobre el salario de la trabajadora.
RECLAMOS A LAS OBRAS SOCIALES: LA IMPORTANCIA DE DOCUMENTAR LAS DENEGACIONES
Otro de los temas tratados fue el procedimiento para reclamar a las obras sociales cuando no brindan prestaciones, medicamentos, prótesis, estudios médicos, turnos o cobertura de alojamiento y alimentación durante tratamientos realizados fuera de la localidad de residencia.
Maldonado señaló que, como regla general, es necesario agotar la vía administrativa antes de iniciar una acción judicial. Para ello, remarcó que los reclamos deben quedar documentados y que las respuestas negativas de las obras sociales deben solicitarse por escrito.
«Cuando nos deniegan un estudio, una prótesis, un medicamento o un servicio, tenemos que exigir que lo hagan por escrito», explicó.
La abogada indicó que una respuesta verbal no constituye un respaldo suficiente para avanzar con un reclamo judicial. La documentación permite acreditar que el afiliado solicitó una prestación y que el organismo se negó a brindarla o no respondió.
En situaciones de urgencia, como la necesidad de una operación o una prótesis, Maldonado explicó que puede recurrirse a una carta documento para intimar a la obra social a cumplir con la prestación. Si existe una negativa o falta de respuesta, queda habilitada la posibilidad de iniciar un amparo de salud.
Esta acción judicial requiere patrocinio letrado y puede solicitar medidas cautelares para obtener una respuesta ante la urgencia médica. La profesional mencionó que se trata de un procedimiento que puede tener resoluciones en plazos breves, dependiendo de las circunstancias del caso.
También hizo hincapié en la necesidad de conservar comprobantes cuando se realizan gastos médicos por cuenta propia y se espera un reintegro. Según explicó, concurrir reiteradamente a una obra social sin dejar constancia de los pedidos dificulta demostrar posteriormente que se agotó la instancia administrativa.
PAQUETES BANCARIOS Y SEGUROS: QUÉ DÉBITOS SE PUEDEN RECLAMAR
En materia de defensa del consumidor, Maldonado se refirió a los cargos que aparecen en las cuentas bancarias bajo conceptos de paquetes de servicios, seguros y otros productos financieros.
Durante la conversación se mencionó particularmente la situación de trabajadores que concurren a una entidad bancaria para gestionar una tarjeta de débito y, en esa misma instancia, terminan incorporando tarjetas de crédito, seguros o paquetes de servicios que no tenían previsto contratar.
La abogada explicó que estos servicios pueden ser objeto de reclamos cuando no existió una contratación voluntaria o cuando no se brindó información adecuada sobre sus condiciones y costos.
«El famoso paquete también se puede dar de baja», sostuvo Maldonado, quien señaló que los consumidores pueden iniciar el reclamo correspondiente ante Defensa del Consumidor y solicitar la baja de los servicios cuestionados, además de las compensaciones que pudieran corresponder según cada situación.
La profesional recomendó revisar periódicamente los movimientos de las cuentas bancarias y los débitos automáticos. Para identificar estos cargos, se puede consultar el home banking o solicitar directamente a la entidad financiera un detalle de las operaciones.
Durante la entrevista también se mencionaron los seguros, entre ellos los débitos vinculados a SURA, y la posibilidad de que los consumidores desconozcan durante meses o años los importes que se les están descontando.
Maldonado explicó que el análisis del historial de movimientos permite identificar esos conceptos y establecer desde cuándo se realizan los cobros. En ese sentido, indicó que el historial disponible puede mostrar los últimos dos años de operaciones, por lo que resulta importante revisar y documentar los débitos.
SUCESIONES: POR QUÉ ES IMPORTANTE REGULARIZAR LOS BIENES
La entrevista también incluyó recomendaciones sobre los trámites sucesorios y la necesidad de iniciar el proceso cuando una persona fallecida deja bienes o derechos que deben ser regularizados.
Maldonado explicó que, aunque muchas familias postergan estos trámites, la demora puede generar dificultades para disponer de propiedades, vehículos u otros bienes. También puede ocasionar inconvenientes cuando se pierde documentación o cuando terceros comienzan a ocupar o utilizar inmuebles sin que exista una situación legal regularizada.
«Cuando hay bienes, cuando hay derechos, hay que empezar», señaló la abogada.
Uno de los puntos que desarrolló fue la diferencia entre la declaratoria de herederos y la etapa final de una sucesión. Explicó que la declaratoria es una instancia en la que la Justicia reconoce formalmente quiénes son los herederos de la persona fallecida.
Este documento permite resolver diferentes cuestiones administrativas y patrimoniales. Como ejemplo, mencionó los trámites de regularización de inmuebles ante el IPPV, donde puede requerirse la declaratoria para acreditar quiénes tienen derechos sobre una propiedad.
También explicó que la sucesión resulta necesaria cuando se pretende disponer legalmente de bienes registrados a nombre de una persona fallecida, como ocurre con la venta de un vehículo o la regularización de la titularidad de determinados inmuebles.
La profesional indicó que avanzar con el trámite permite establecer quiénes son los herederos y determinar posteriormente cómo se distribuyen los bienes. Además, señaló que iniciar el proceso sin demoras puede evitar gastos adicionales derivados de la pérdida o renovación de documentación y de conflictos vinculados con la ocupación de propiedades.
ACCIDENTES LABORALES Y ART
Sobre el final de la entrevista, Maldonado incorporó otro tema de consulta frecuente: los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
Explicó que el primer paso para un trabajador que sufre un accidente laboral es identificar cuál es la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) correspondiente. Esa información debe ser proporcionada por el empleador y también puede consultarse mediante herramientas oficiales utilizando el CUIL del trabajador.
Una vez identificada la aseguradora, corresponde realizar la denuncia del accidente para que se active la cobertura. La ART tiene la obligación de brindar asistencia médica y, posteriormente, determinar si existe un porcentaje de incapacidad que dé lugar a una indemnización, de acuerdo con el procedimiento correspondiente.
Maldonado señaló que existen consultas vinculadas con trabajadores que sufren accidentes durante el desarrollo de sus tareas y desconocen cómo iniciar el reclamo o a qué organismo deben dirigirse.
La entrevista permitió abordar distintas situaciones que pueden afectar los derechos laborales, patrimoniales, sanitarios y económicos de las personas. La abogada insistió en la importancia de realizar consultas, conservar documentación y utilizar las vías administrativas y judiciales correspondientes para cada caso.
Fuente: En este día | Radio Libre

